8. Mantendrá el espejo de agua de la dársena portuaria limpio, promoviendo que: no se arroje al mismo ningún material plástico; no se viertan al mismo líquidos nocivos o
tóxicos o cualquier clase de sustancia dañina; no se arrojen al mismo basuras de ningún tipo.
9. Denunciará ante las autoridades competentes cualquier atentado a la legislación marina del que tenga conocimiento, especialmente los accidentes que supongan contaminación por
hidrocarburos u otras sustancias químicas de origen terrestre.
10. Utilizará, siempre que sea posible, productos que no sean agresivos contra el medio ambiente (pinturas, barnices, anti-foulings, decapantes, detergentes, etc.).
11. Depositará los restos de pinturas, barnices y aceites usados de los barcos en recipientes adecuados para materiales contaminantes para favorecer su reciclado o tratamiento especial de forma diferenciada al resto de basuras o aguas residuales.
12. Realizará un esfuerzo continuo para estimular un comportamiento semejante entre los socios y usuarios de embarcaciones y del mar en general con quienes mantenga relación, procurando que las actividades que lleve a cabo respeten los derechos de los usuarios del mar.
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